La medida dictada en el marco de la emergencia pública se extiende hasta el 30 de junio.
La decisión judicial ordenó reincorporar a un trabajador. La previsión del Convenio Colectivo de Trabajo, en cuanto permite cesar sin causa a los agentes, importa una violación a la estabilidad del empleado público reconocida en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, dijo el Tribunal.